Hace 22 meses que la presidenta no reglamenta la Ley de Trata. Esto impide a las ong’s, a la Corte Suprema, la Procuración Nacional, el Congreso
Nacional y las provincias integrar el Consejo Federal que debe determinar la
políticas públicas contra este flagelo que victimiza a 500 mil personas en la
Argentina.
Por ello que la Alameda presentó este lunes 17 un
amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional, a cargo de Cristina Fernández de
Kirchner, ya que la falta de reglamentación de la ley 26.842 (Ley de
Trata) impide que las ong’s integren el Consejo Federal para la Lucha contra la
Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las
Víctimas contemplado en el artículo 7 de la referida ley y poder así participar
en el diseño de las políticas públicas contra este flagelo que en la Argentina
victimiza a medio millón de personas. Asimismo por no reglamentar la ley
quedan fuera del Consejo Federal los representantes por Diputados y Senadores
Nacionales, por la Corte Suprema, por el Ministerio Público Fiscal, por las
provincias y CABA.
El amparo recayó en el Juzgado Federal Contencioso Administrativo
Nº 9, a cargo de Pablo Gabriel Cayssials, bajo el expediente Nº 5884/2014.
La ley prevé la autarquía del organismo para
garantizar en mejor medida la posibilidad de diseñar políticas de largo y
profundo aliento.
Además el Consejo Federal debe designar un coordinador
a través del voto de las dos terceras partes de sus miembros, en los términos
que establezca la reglamentación. Pero como se afirma en la ley se debe esperar
la reglamentación pertinente para poner en marcha este organismo. También
depende de la reglamentación la participación de las organizaciones no
gubernamentales (art. 8 de la referida ley).
De ahí que el amparo solicite la inmediata suspensión
de toda actividad de la ex diputada nacional Cecilia Merchán (ex Libres del
Sur), a cargo del Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación
de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, por ser
manifiestamente ilegal en razón de contradecir las disposiciones de
la ley 26.842.
Fue el anterior Jefe de Gabinete de Ministros, Juan
Manuel Abal Medina, quien nombró el 2 de septiembre de 2013 como directora a
Cecilia Merchán quien manifestó que avanzarán en la elaboración del PROGRAMA
NACIONAL obviando que la ley 26.842 prevé que sea el CONSEJO FEDERAL quien dé
los lineamientos para este PROGRAMA NACIONAL y no que el programa se elabore de
manera inconsulta solamente por parte de cuatro Ministerios del Poder
Ejecutivo Nacional.
De esta manera que la presidenta está privando a las
provincias de participar en la elaboración del Plan, así como al Ministerio
Público Fiscal, al Poder Judicial, al Poder Legislativo y a las ONGs.
Al no ponerse en marcha el Consejo Federal es que
Cecilia Merchán avala en forma discrecional, sin política consensuada, en pocas
palabras “fuera de la ley” al Comité contra la Trata.
HISTORIA DE LA LEY
La reformar a la ley de Trata se logró por una fuerte
movilización popular consecuencia de la indignación generada por la absolución
dictada por un tribunal oral tucumano contra los autores de la desaparición
forzada de Marita Verón, la que había sido víctima de una poderosa red de
trata de personas con fuertes vínculos con las fuerzas de seguridad y el poder
político. La ley reformar a la ley del 2008 fue sancionada el 19 de diciembre
del 2012 y promulgada el 26 de diciembre de 2012 mediante decreto 2571/2012.
Esta ley procura remediar las falencias de la ley
26.364 que la habían tornado inocua y con consecuencias inicuas. Para
ello crea una serie de organismos que para ser puestos en funcionamiento
demandan la consiguiente reglamentación por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
OMISIÓN DE CFK
Sin reglamentación miles y miles de casos de trata de
personas pueden ser favorecidos o pasarse por alto o ser interpretados como
meras infracciones administrativas a la legislación del trabajo o a las normas
de moralidad e higiene municipales a raíz de una errónea política criminal.
Desde esta óptica, desde comprender que cada tema, cada situación debe ser
considerada de modo integral, sostenemos la necesidad del Consejo Federal para
la Lucha contra la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las
Víctimas” y también un “Programa Nacional” en igual sentido que tiendan a
subsanar aquello que los programas y ámbitos institucionales vigentes a tal
efecto no han logrado, para ello debe estar vigente la ley aprobada y para ello
es necesaria su reglamentación.
Esta omisión en la reglamentación es la que posibilita
la continuidad de un statu quo propicio a la vulneración de los derechos de
miles de víctimas y no permite la implementación de planes federales que
podrían evitar o disminuir la comisión del delito de trata de personas o de
formas tradicionales y naturalizadas de explotación (verbigracia, el trabajo
infantil peligroso, la explotación del trabajo no remunerado de las familias de
los trabajadores rurales, la prostitución reglamentada municipalmente en
violación a las disposiciones del art. 15 de la ley 12.331 y del art. 6 de la
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la
Mujer).
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- La ley de Trata no está reglamentada
